Términos y Condiciones del Contrato de Transporte de Carga
CLÁUSULA 1. NORMATIVA APLICABLE Y NATURALEZA CONTRACTUAL: El presente acuerdo rige la prestación de servicios logísticos, transporte terrestre y distribución de carga o correspondencia prestados por DL Trans Logística y Servicios S.A.S. (en adelante DLtrans). Conforme a las regulaciones del Ministerio de Transporte de Colombia y la legislación mercantil vigente, la compañía opera como entidad habilitada para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de carga y mensajería. Toda modificación o condición especial que altere este clausulado deberá constar formalmente por escrito.
CLÁUSULA 2. PLANIFICACIÓN OPERATIVA Y RED DE COBERTURA: DLtrans conserva la facultad plena e independiente para estructurar las rutas de tránsito, esquemas de consolidación y logística de despacho a nivel nacional en más de 1.000 municipios. La operación se ejecuta mediante flota propia o aliados estratégicos habilitados, integrando frentes de transporte terrestre, aéreo, paquetería de última milla, soluciones 3PL, e-commerce y multimodalidad según los requerimientos del servicio contratado.
CLÁUSULA 3. DECLARACIÓN SOBRE LAS CARGAS Y BULTOS: El usuario o remitente asume la obligación de suministrar información fidedigna respecto a las características físicas del envío, incluyendo peso, cubicaje, naturaleza de la mercancía, valor declarado real y direcciones exactas de origen y destino. Inexactitudes, omisiones o inconsistencias en los datos proporcionados generarán responsabilidad exclusiva sobre los sobrecostos, demoras o sanciones administrativas que de ello se deriven.
CLÁUSULA 4. LICITUD DE LA MERCANCÍA Y PROHIBICIONES: El remitente garantiza bajo gravedad de juramento que la mercancía entregada es de origen legal y cumple con los requisitos normativos del país. Queda estrictamente prohibida la remisión de bienes vetados según el catálogo interno de DLtrans (dinero en efectivo, títulos valores, sustancias peligrosas, armas, estupefacientes, material biológico o contrabando). DLtrans obra de buena fe y se exime de cualquier contingencia judicial o administrativa derivada de la ocultación de objetos no permitidos.
CLÁUSULA 5. FACULTAD DE VERIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN: En resguardo de la seguridad operativa y del personal, DLtrans se reserva la atribución de examinar, rechazar o interrumpir la movilización de paquetes o unidades de empaque que presenten indicios de incoherencia, riesgo operativo o posible violación del catálogo de mercancías prohibidas, realizando los reportes pertinentes ante las autoridades competentes.
CLÁUSULA 6. ESPECIFICACIONES DE EMPAQUE Y EMBALAJE: Corresponde al cliente velar por que cada envío cuente con la envoltura, rotulado y protección interna idóneos para tolerar la manipulación ordinaria del transporte. DLtrans no responderá por averías, derrames, roturas o deterioros ocasionados por un embalaje inadecuado o insuficiente.
CLÁUSULA 7. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y CONVALIDACIÓN DE ENTREGA: DLtrans no asume responsabilidad por retrasos o imprevistos derivados de fuerza mayor, caso fortuito, bloqueos viales, factores climáticos o alteraciones del orden público. La obligación operacional se da por satisfecha al registrar la entrega en destino y reflejar la constancia de recibido en el sistema Sisconet (accesible vía dltransls.com). La firma de recibido por parte del destinatario sin observaciones escritas inmediatas extingue cualquier reclamación posterior.
CLÁUSULA 8. RETENCIÓN LEGAL DE MERCANCÍA: En cumplimiento de las normas mercantiles colombianas (Artículo 1033 del Código de Comercio), DLtrans podrá ejercer el derecho de retención sobre los bienes en su custodia hasta tanto sean cubiertos la totalidad de los valores adeudados por concepto de fletes, bodegaje, reexpedición o gastos operativos conexos.
CLÁUSULA 9. ACUERDO DIRECTO Y JURISDICCIÓN: Cualquier desavenencia respecto a la interpretación o ejecución de las obligaciones contractuales buscará solucionarse primeramente mediante concertación directa entre las partes. De no alcanzarse un acuerdo, las diferencias se someterán a la justicia ordinaria de la República de Colombia, fijando como sede contractual la ciudad de Cali, Valle del Cauca.
CLÁUSULA 10. TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN Y HÁBEAS DATA: La recolección, administración y resguardo de los datos personales suministrados por remitentes, destinatarios y usuarios corporativos se efectuarán bajo el estricto cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y la Política de Tratamiento de Datos Personales publicada en el portal oficial dltransls.com.